domingo, 7 de junio de 2009

PaCtO aNdInO y MeRcOsUr (Angelica Aguirre)

COMUNIDAD ANDINA O PACTO ANDINO.


La Comunidad Andina (CAN) es una comunidad de cuatro países que tienen un objetivo común: alcanzar un desarrollo integral, más equilibrado y autónomo, mediante la integración andina, suramericana y latinoamericana. El proceso andino de integración se inició con la suscripción del Acuerdo de Cartagena el 26 de mayo de 1969.
Está constituida por Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, además de los órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración (SAI). Antes de 1996, era conocida como el Pacto Andino o Grupo Andino.
Venezuela fue miembro pleno hasta el 2006. Chile originalmente fue miembro entre 1969-1976, pero se retiró durante el Régimen militar de Augusto Pinochet debido a incompatibilidades entre la política económica de ese país y las políticas de integración de la CAN. Este país se reintegró a la CAN como miembro asociado el 20 de septiembre de2006.
Ubicados en América del Sur, los cuatro países andinos agrupan a casi 100 millones de habitantes en una superficie de 3.798.000 kilómetros cuadrados, cuyo Producto Interno Bruto se estima ascendería en el 2007 a 280.392 millones de dólares.

Beneficios de la CAN:


Libre tránsito de personas
Desde el 2003, los ciudadanos de los cuatro países de la Comunidad Andina pueden ingresar sin pasaporte a cualquiera de ellos, con la sola presentación de su respectivo documento de identidad.

Libre circulación de mercaderías
Uno de los principales logros de la CAN en el campo comercial es la libre circulación de las mercaderías de origen andino en el mercado ampliado. Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú han formado una zona de libre comercio, es decir, un espacio en el que sus productos circulan libremente en la subregión, sin pagar aranceles.





MERCOSUR

El Mercado Común del Sur o Mercosur (en portugués Mercado Comum do Sul, Mercosul; en guaraní Ñemby Ñemuha) es un bloque comercialcuyos propósitos son promover el libre intercambio y movimiento de bienes, personas y capital entre los países que lo integran, y avanzar a una mayor integración política y cultural entre sus países miembros y asociados.
Sus Estados Partes son Argentina, Brasil, Paraguay, y Uruguay. Cabe mencionarse que el 4 de julio de 2006 se ha suscrito un Protocolo de Adhesión mediante el cual Venezuela se constituye como Estado Parte. No obstante este instrumento de adhesión aún no ha entrado en vigor debido a que a la fecha no ha sido ratificado por todos los parlamentos de los firmantes, por lo que su vinculación legal al bloque sigue siendo como Estado Asociado. Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador y Perú también tienen estatus de estado asociado.
Los países miembros consideran que su fecha de creación fue el 30 de noviembre de 1985, fecha de la Declaración de Foz de Iguazú que puso en marcha el proceso. Sin embargo, el nombre le fue asignado el 26 de marzode 1991 por el Tratado de Asunción, en tanto que su existencia como persona jurídica de Derecho Internacional fue decidida en el Protocolo de Ouro Preto, firmado el 16 de diciembre de 1994, pero que recién entró en vigencia el 15 de diciembre de 1995. El Protocolo de Ouro Preto estableció un arancel externo común y desde 1999 existe una zona libre de aranceles entre sus integrantes con la sola excepción del azúcar y el sector automotriz. La Unión Aduanera se encuentra aún en proceso de construcción. El Mercosur es el mayor productor de alimentos del mundo.
Beneficios del MERCOSUR:
Tratado de Libre Comercio con Israel [editar]
Los presidentes del Mercosur firmaron el 17 de diciembre de 2007, durante la XXXIV Cumbre en Montevideo un Tratado de Libre Comercio (TLC) con Israel. El acuerdo con Israel, fue el primer TLC que el Mercosur firma desde su fundación en 1991, tras una negociación de dos años.11 «Es el primer tratado que firma el Mercosur en bloque con otro país. Esta es una negociación que demoró tiempo en llevarse adelante, pero que culminó felizmente», dijo en conferencia de prensa el cancilleruruguayo, Reinaldo Gargano.12
La alianza comercial cubre el 90% del comercio, con un calendario de desgravaciónes arancelarias progresivas de cuatro fases (inmediata, a 4, 8 y 10 años). Estos aranceles se eliminarán a los diez años para los productos agrícolas e industriales.
Libre residencia y circulación de personas [editar]
El Mercosur, Bolivia y Chile han establecido que todo su territorio constituye un Área de Libre Residencia con derecho a trabajar para todos sus ciudadanos, sin otro requisito que acreditar la nacionalidad y no poseer antecedentes penales. Esta área fue establecida en la Cumbre de Presidentes de Brasilia, mediante el Acuerdo sobre Residencia para Nacionales de los Estados Parte del Mercosur, Bolivia y Chile firmado el 6 de diciembre de 2002.





ReLaCiOnEs CoLoMbIaNaS cOn EsTaDoS uNiDoS (Sebastian Jurado)


Colombia y Estados Unidos son dos países que a lo largo de los años han ido fortaleciendo sus relaciones y han ido estrechando sus lazos, pasando de una mutua cordialidad en el siglo XIX y en el XX, a una gran alianza en los últimos años, en la cual se ha buscado combatir el terrorismo, la guerra, el comunismo y aumentar la economía, pero hay sentimientos encontrados con respecto a esta relación. Algunos consideran que la intromisión de Estados Unidos en Colombia ha hecho que se produzcan conflictos internos entre los políticos y que se aumenten las violaciones e los derechos humanos. Otros piensan que el apoyo de EU a Colombia ha sido muy importante en el combate a los terroristas, grupos subversivos y narcotraficantes.

Relaciones de Colombia con Europa:
Las relaciones de Europa con Colombia no son tan fuertes como las que se tienen con Estados Unidos pero recientemente se ha ido hablando de un acuerdo comercial con Europa, que es en pocas palabras un TLC con ellos.
Este TLC europeo nos pone en una situación difícil pues la unión Europea tiene un Producto Interno Bruto que es 80 veces mayos al nuestro y su subsidio agrícola es de 70 mil millones anuales. Esto llevaría a que al entrar sus productos a nuestro país arrasarían cien los pequeños comerciantes y causaría una gran cantidad de problemas para Colombia.



FrOnTeRaS y TrAtAdOs De CoLoMbIa. (Leonel Gutierrez)

Colombia cuenta con 6.342 km de fronteras terrestres. La fijación de los límites de nuestra patria con los países vecinos fue uno de los problemas principales que tuvieron que atender nuestros gobiernos durante un siglo, a partir de la Independencia. Colombia mediante gestiones diplomáticas y tratados tiene actualmente definidas en su totalidad las fronteras terrestres.

Son cinco (5), los países hermanos que limitan por tierra con nuestra patria. Venezuela y Brasil por el oriente, Ecuador y Perú por el sur, y Panamá por el noreste. El gobierno colombiano también reconoce oficialmente como países limítrofes a aquellos con los que tiene tratados de delimitación marítima y submarina, tales como Nicaragua, Costa Rica, República Dominicana, Haití, Honduras y Jamaica por el mar caribe, así como, Ecuador, Panamá y Costa Rica por el océano pacífico.

La soberanía colombiana va más allá de los litorales, se extiende al mar territorial y a la plataforma continental. El Mar Territorial o aguas jurisdiccionales comprenden las aguas que bañan las costas continentales e insulares hasta una distancia reconocida por el derecho internacional de tres y doce millas. Colombia adoptó la tesis del mar patrimonial de 188 millas náuticas, las que sumadas a las 12 millas de mar territorial, dan una distancia de 370 kms sobre la superficie marina.



SiTuAcIoN pOlItIcA dE CoLoMbIa (Juan D. Perez)


Proyecto de Opinión Pública de América Latina
El estudio muestra que el 65% de los ciudadanos consideran que el desempeño del gobierno es bueno o muy bueno, un porcentaje sin duda importante. En efecto, el presidente Uribe es el gobernante que recibe la mejor calificación entre los países incluidos en el estudio. Igualmente, Colombia aparece entre los países donde las instituciones clave del sistema político gozan de mayor legitimidad. Sin embargo, los resultados no son tan prometedores cuando se observan algunos síntomas preocupantes de intolerancia en su cultura política.
De acuerdo con el estudio, Colombia es el segundo país con mayor proporción de ciudadanos que consideran que el presidente debería gobernar sin el Congreso e ignorar la labor de la Corte Constitucional, solo superado por Ecuador, cuya endémica inestabilidad institucional es bien conocida. Uno de cada tres colombianos cree que se justificaría, bajo ciertas circunstancias, que el presidente cerrara el Congreso o disolviera la Corte Constitucional, una proporción solo superada por Ecuador, Perú y Bolivia. Así como este, son muchos los casos preocupantes acerca de la intolerancia política de los colombianos.
El informe Lapop se basa en un sondeo que consta de 1.503 entrevistas presenciales a ciudadanos colombianos en todas las regiones del país y en áreas urbanas y rurales a principios de 2008. Forma parte de una serie de estudios de Lapop titulada 'Barómetro de las Américas'. El estudio se realizó simultáneamente en cerca de 22 países de América Latina y el Caribe con el objetivo de analizar comparativamente el estado de la democracia en la región.



EcOnOmIa CoLoMbIaNa


La esperanza del buen nivel en la economía colombiana ha descendido a lo largo de los meses transcurridos. Los especialistas han analizado una y otra vez las situaciones colombianas que rigen la económica del país, pero no han encontrado cifras positivas.
Los salarios reales, por ejemplo, empezaron a crecer a un menor ritmo desde finales del 2006 y partir de junio de 2007 se contrajeron. El consumo de los hogares también viene desacelerándose desde el primer trimestre de 2007. Adicional a esto en el 2009 el descenso en la producción y la productividad han estado limitando el espacio de ascenso de los salarios de tal manera que aún con una inflación que se estabiliza la pérdida del poder adquisitivo se mantendrá a lo largo del año.
Otro factor preocupante que puede definir una economía baja y en descenso es el hecho de que el sector empresarial -principal motor del crecimiento reciente- ya cumplió su función en los dos años de bonanza reseñados y en el futuro inmediato no se requerirían grandes inversiones para atender el menguado crecimiento de los mercados.
Tristemente esta es la realidad de un país que atraviesa, al igual que el resto del mundo, una recesión económica que ya estaba avisada y que como dice el dicho, no debe estar matando a tanto soldado.



2. CoLoMbIa HoY

1. Situación económica.
2. Situación politica.
3. Las fronteras, tratados.
4. Relaciones con USA, C.E.E, otros.
5. Pacto Andino y Mercosur.
6. Maravillas naturales.
7. Otras maravillas del país.
8. Colombianidad: lo típico.
9. Valores del Colombiano.

CoNsEjO dIrEcTiVo

Consejo Directivo

El Consejo Directivo es la instancia educativa que se encarga de la orientación académica y administrativa de la institución.

En el Técnico el Consejo Directivo está conformado en la mañana por:

El rector Alvaro Restrepo Mesa.
La coordinadora academica Milena Tenorio Peña.
Y el coordinador Luis Gonzaga.


En la tarde por:

El rector Alvaro Restrepo Mesa.
La coordinadora Maria Alejandra
El coordinador Alberto Toro.

RePrEsEnTaNtE y PeRsOnErO (Santiago Guapacha)

Funciones del Personero:

 Promover la conducta apropiada de los estudiantes.

 Proponer y promover actividades, foros, reuniones o guías para solucionar conflictos o discutir temas fe interés para los estudiantes.

 Recibir y evaluar con los coordinadores o la rectoría las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre las lesiones a sus derechos y los que formule cualquier miembro de la comunidad educativa sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.

 Presentar a la rectoría las peticiones que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.

Funciones del Representante al Concejo Directivo:

 Presentar ante el Consejo Directivo las propuestas generadas en el Consejo Estudiantil.

 Generar un ambiente propicio para permitir el libre desarrollo del ejercicio del Concejo Estudiantil, ya que es voz y voto en el Consejo Directivo.

 Organizar, liderar y ejecutar los proyectos y las actividades del Consejo Estudiantil.

 Proponer, discutir, aprobar y trabajar en proyectos y acciones que beneficien a los estudiantes en general.

Funciones del Representante de grupo:

 Presidir la asamblea y el Consejo estudiantil.

 Evaluar los proyectos que quiere adelantar el Consejo Estudiantil.

 Evaluar y coordinar el desarrollo de los proyectos.

 Mantener la efectividad de la estructura organizacional del Consejo Estudiantil.

CoNsEjO eStuDiAnTiL... (kate marín y Jhonny cardenas)

Conformación del Concejo Estudiantil:

Para conformar el Concejo Estudiantil, la asamblea de cada grado elegirá a su representante mediante voto secreto.

El Consejo Estudiantil estará conformado por:

 El presidente del Consejo Estudiantil.
 El Personero de los estudiantes.
 El Representante de los estudiantes ante el Concejo Directivo.
 Los representantes de cada curso.

Funciones del Concejo Estudiantil:

El Consejo Estudiantil anima, promueve y coordina las distintas actividades que se refieren a la formación integral de los estudiantes y los representa ante los diferentes estamentos de la comunidad educativa.

LeGiSlAcIoN eDuCaTiVa

ANALISIS DEL DECRETO 0230.

LICENCIADOS: RAFAEL FLOREZ D.
PASTORA MILENA VALENZUELA
LISBETH YAKER A.
NHORA CASTILLO

El decreto 0230 fue publicado el 11 de febrero del 2002, y abarca aspectos en torno al Currículo, la Promoción - Evaluación del educando, y la Evaluación Institucional. Se presenta en 4 capítulos y 15 artículos. En torno a los comentarios podemos comenzar con el artículo 1, que nos habla sobre el ámbito de aplicación en el cual se señala …que su interpretación debe de favorecer la calidad, continuidad y universalidad del servicio público de la educación, así como el desarrollo del proceso de formación del educando.(el resaltado es nuestro). En torno a este primer artículo, nos preguntamos ¿En qué sentido favorece este decreto la calidad de la educación y el proceso de formación del educando?, porque desde nuestro análisis consideramos que el mensaje que está quedando en nuestro jóvenes es todo lo contrario, que el documento lo que esta fomentando es una cultura del facilismo y promocionando la ley del menor esfuerzo. Hoy, producto en gran parte de la norma tenemos un gran número de estudiantes que se sienten representados con notas como I o A. Difícilmente los estudiantes quieren pasar de ahí, pues son conscientes que con estos resultados le es suficiente para graduarse. Ante esta cultura que muy rápidamente se ha expandido y esperando que no sea el espíritu de la norma, nos preguntamos cómo esto puede promover el proceso de formación del individuo y favorecer la calidad de la educación de un país. Consideramos que si las normas que rigen la educación fueran concertadas con el magisterio, se obviarían este tipo de problemas. Es decir, las políticas educativas antes de ser impuestas deben de ser consultadas y negociadas con los actores. De no ser así, consideramos que el problema de la calidad pasa a ser solo retórica.

Del artículo 9, promoción de los educandos, consideramos que plantea la promoción automática de los estudiantes ya que de manera explicita deja claro que el 95% de los estudiantes deben de ser promovidos en cada uno de sus grados. Podríamos decir que este elemento es el más nocivo y no fomenta para nada la calidad de la educación, ya que el 95% de los estudiantes saben que tienen que ser promovidos. Este es un elemento que no motiva para nada a los estudiantes que se preocupan por su proceso de formación y por el contrario, un buen número de estudiantes tarde que temprano concluye que su esfuerzo tiene el mismo resultado de aquel que no se esforzó .Pero, además, este artículo deja varias inquietudes:
- Hay áreas más importantes que otras, por ejemplo Matemáticas y Lenguaje.
- Cómo hacer en ciertos casos para cumplir con el 95% en un grado si por ejemplo si mas del 5% pierden mas de tres áreas. O si más del 5% a faltado mas del 25% a las actividades escolares. O si se dan los dos casos a la vez.
- Este articulo habla de repitencia de alguna forma y el articulo11 nos habla de Educandos no promovidos. Esto nos confunde. Hay o no repitencia.


Otros elementos sobre los que nos pone a pensar el documento, son:
- Podemos retener documentación por falta de pago
- Como diferenciar Logros de Estándares
- Esta norma es para todos los colegios del país.

RAFAEL FLOREZ. PASTORA MILENA VALENZUELA. LISBETH YAKER A.
NHORA CASTILLO.

Algunas preguntas y respuestas para complementar el análisis*
Documento bajado de internet

REPROBAR V/S REPETIR


¿LOS TÉRMINOS REPROBAR Y REPETIR SON SIMILARES EN EL CONTEXTO DE LOS DECRETOS 230 Y 3055 DEL 2002?

Aunque el artículo 9º del Decreto 0230/2002 y el artículo 1º del Decreto 3055 del mismo año establecen el 5% de repitencia institucional, lo expresado en el articulo 11 del Decreto 0230 del 2002 deja en claro que el término repetir no es sinónimo de volver a cursar obligatoriamente un grado, al plantear que el establecimiento educativo deberá diseñar programas específicos para educandos no promovidos al grado siguiente. En todos los casos hará 'Un seguimiento del educando y favorecerá su promoción durante el grado en la medida en que éste demuestre la superación de las insuficiencias académicas que no aconsejaron su promoción.


¿EL ALUMNO QUE REPRUEBA EL GRADO PERO EN ABRIL O MESES POSTERIORES DEL AÑO SIGUIENTE RECUPERA LAS ÁREAS REPROBADAS, SE PUEDE PROMOVER Y RENOVAR LA MATRÍCULA DE INMEDIATO AL GRADO SIGUIENTE?

Se puede promover y renovar la matricula en el grado siguiente, siempre y cuando haya alcanzado los logros de las áreas que dieron origen a la reprobación del grado, de acuerdo con el artículo 10 del Decreto 230/2002, y previo un seguimiento que el plantel haga del proceso de avance en la superación de las insuficiencias o deficiencias que el alumno presente.


¿SI UN ALUMNO REPRUEBA ASIGNATURAS Y NO ÁREAS, REPRUEBA EL GRADO?

No se reprueba un grado por asignaturas, ya que de acuerdo con el Decreto 0230 de 2002, en su artículo 9°, se reprueba con tres o más áreas con Insuficiencia o Deficiencia, además de quedar incluido en el 5% de alumnos de todo el plantel que pueden reprobar de acuerdo con el Decreto 3055 de 2002.

¿SE REPRUEBA UN ÁREA SI NO SE ADQUIEREN LOS LOGROS DE UNA DE LAS ASIGNATURAS QUE LA CONSTITUYEN?

Si un alumno reprueba una de las asignaturas de un área (por ejemplo,¬ historia y aprueba geografía y democracia) la Institución educativa es autónoma para definir si el estudiante aprueba o no el área, de acuerdo con el desempeño en las asignaturas que la componen y los criterios establecidos por el Consejo Académico en los respectivos reglamentos.

Para el caso de lengua castellana o lenguaje, hay que tener en cuenta que para efectos de reprobación el decreto 0230/2002, establece "se consideran para reprobación educandos con valoración final insuficiente o deficiente en tres o más áreas", en este caso la lengua castellana o lenguaje se considera como asignaturas del área de Humanidades. Además establece que se puede reprobar "cuando el educando haya obtenido valoración final insuficiente o deficiente en matemáticas y lenguaje durante dos o más grados consecutivos en la educación básica", en este caso la evaluación del lenguaje debe ser aparte del área.

ÁREA-ASIGNATURA

¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE ÁREA Y ASIGNATURA?

El artículo 23° de la Ley 115 de 1994, establece las áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la formación que necesariamente se tendrán que ofrecer de acuerdo "con el currículo y el PEI. Ubicados en el contexto del artículo, se hace necesario revisar el concepto de área por la multitud de interpretaciones que se han venido realizando en las Instituciones y Centros Educativos.

"Un área de conocimiento está estructurada por una o varias disciplinas. Una disciplina se caracteriza por poseer un cuerpo propio de conceptos, principios, teorías y un cuerpo propio de métodos y procedimientos que facilitan la construcción y la apropiación de ese conocimiento. Un área de formación, se estructura con propósitos de desarrollo integral a partir de diferentes disciplinas provenientes de una o más áreas del conocimiento. Si el proceso educativo está centrado en el educando y si lo que se busca es el pleno desarrollo de sus potencialidades, se hace necesario que el concepto de área sea revisado. En la medida en que la necesidad de aprender se presenta durante toda la vida, el desarrollo de las áreas debe dar importancia al cultivo de habilidades para descubrir; criterios para analizar y tomar decisiones; desarrollo de los valores, actitudes emprendedoras, conciliadoras, solidarias; estrategias cognoscitivas, comunicativas y ante todo, gusto por la búsqueda y el uso consciente del conocimiento,

Por ello cada área debe concebirse como un espacio que posibilita experiencias educativas donde se planteen y analizan diversas formas de entender el mundo, de explicarlo, de argumentar, de dar sentido a la acción; donde se conocen procedimientos para anticiparse a los problemas, para afrontarlos y resolverlos; donde se incentiva, desde varias perspectivas, el cultivo de las múltiples potencialidades y actitudes humanas, se viven procesos que permiten a cada uno ubicarse, comprometerse y crecer en sus relaciones con el ambiente, con los demás y consigo mismo; se descubren fuentes de criterios y de conocimientos; se aprende a ser autónomo y a tomar decisiones responsablemente, se abren espacios para valorar y disfrutar el mundo, etc.

Ahora bien, con la publicación del texto: Finalidades y Alcances del Decreto 230/2002 del 11 de febrero del mismo año, el Ministerio de Educación Nacional reafirma que las áreas de formación están constituidas por un conjunto de asignaturas, al respecto plantea: "Si un alumno pierde dos de las tres asignaturas de un área (por ejemplo, historia y aprueba geografía y democracia) la Institución educativa es autónoma para definir si el estudiante aprueba o no el área, de acuerdo con el desempeño en las asignaturas que la componen.

Igualmente, los lineamientos Curriculares de cada una de las áreas publicados por el Ministerio de Educación Nacional, en sus concepciones y enfoques sustentan el dialogo de saberes entre las asignaturas que le dan sentido a las diferentes áreas.

De lo anterior se infiere que las áreas de Formación que constituyen el Plan de Estudios de la educación básica y media, están constituidas por un conjunto de asignaturas que exigen para su desarrollo, un trabajo interdisciplinario y un desarrollo no lineal de las mismas.

¿LAS ASIGNATURAS SE PUEDEN CONVERTIR EN ÁREAS EN ARAS A LA AUTONOMÍA ESCOLAR?

Según el Ministerio de Educación Nacional la única asignatura que se pude convertir en área, previa reglamentación y adopción en el Plan de Estudios y por tanto en el Proyecto Educativo Institucional, es la Lengua Castellana, justificado por las dos opciones en las que interviene para la promoción. Las demás áreas del Plan de Estudios están constituidas por un conjunto de disciplinas (asignaturas) y no se pueden trabajar separadamente como áreas, pues la autonomía escolar, dentro de los límites fijados por la Ley 115, artículo 77° y el Proyecto Educativo Institucional, determina que las Instituciones de Educación Formal gozan de autonomía para organizar las áreas fundamentales de conocimiento definidas para cada nivel, introducir asignaturas optativas dentro de las áreas establecidas en la Ley, adaptar algunas áreas a las necesidades y características regionales, adoptar métodos de enseñanza y organizar actividades formativas, culturales y deportivas dentro de los lineamientos que establezca el Ministerio de Educación Nacional. Por consiguiente, la organización de las áreas ya está dada en la norma en el artículo 23 de la citada Ley.


RECUPERACIÓN-SUPERACIÓN


¿QUÉ SUCEDE CON LOS ALUMNOS QUE NO SE PRESENTAN A RECUPERAR ÁREAS PERO QUE APROBARON EL GRADO?

En cumplimiento de los artículos 9° y 10° del decreto 0230 del 2002, y del artículo 1° del decreto 3055 del mismo año, se promoverán al grado siguiente. Si el certificado de estudio es solicitado, se les expide, haciendo constar las áreas reprobadas. Acorde con el artículo 5° del decreto 0230 de 2002, se deberá establecer en la Institución Educativa, un plan de apoyo, puntualizando los compromisos adquiridos por el alumno para la superación de las insuficiencias o deficiencias.

¿QÚÉ SUCEDE SI UN ALUMNO NO DEMUESTRA EN SU DESEMPEÑO LA ADQUISICIÓN DE LOGROS EN EL PROCESO DE RECUPERACIÓN REALIZADA EN LA SEMANA ANTERIOR A INICIAR EL NUEVO AÑO ESCOLAR Y FUE PROMOVIDO AL SIGUIENTE GRADO?

Los alumnos de cualquier grado que no avanzaron en la adquisición de logros después de haber estado en el proceso desarrollado en la institución para adquirir dichos logros (recuperación), puede alcanzarlos en otras oportunidades durante el transcurso del año, previa reglamentación por parte del Consejo Académico y consignada en su Proyecto Educativo Institucional.


CUANDO UN ALUMNO SE TRASLADA DE UN ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO A OTRO CON ÁREAS INSUFICIENTES O DEFICIENTES, ¿CUÁL ES EL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO RESPONSABLE DE REALIZAR EL PROCESO DE RECUPERACIÓN O SUPERACIÓN?

Lo ideal es que el Establecimiento Educativo donde cursó el grado el alumno, realice todo el proceso de recuperación y entregue los registros que soportan la certificación con las insuficiencias o deficiencias superadas. Si el Establecimiento Educativo no lo hace, el Establecimiento que lo recibe debe realizar las correspondientes recuperaciones. Lo anterior en cumplimiento del artículo 12 del Decreto 1860/1994 que plantea: "Los procesos pedagógicos deben articular verticalmente la estructura del servicio para hacer posible al educando el acceso hasta el más alto grado de preparación y formación. Además, deben facilitar su movilidad horizontal, es decir el transito de un establecimiento educativo a otro".


CERTIFICACIÓN-TITULACIÓN

¿CÓMO SE EXPIDE EL CERTIFICADO DE UN ALUMNO DE GRADO ONCE QUE SE QUIERE GRADUAR EL DÍA DE LA CEREMONIA OFICIAL DEL COLEGIO, PERO NO HA ALCANZADO LOS LOGROS MÍNIMOS EN UNA O DOS ÁREAS?

En el marco, de los decretos 0230 y 3055 del 2002, un alumno puede asistir protocolariamente a la ceremonia de graduación. No obstante, si no ha alcanzado los logros mínimos en cualquier área, se le expedirá el certificado, haciendo constar las insuficiencias o deficiencias.




¿CÓMO SE HACE LA GRADUACIÓN DE ALUMNOS DE UNDÉCIMO GRADO CON UNA O DOS ÁREAS REPROBADAS?

Los alumnos de grado once que terminan con una o dos áreas reprobadas, podrán asistir al acto protocolario como se planteo en la respuesta anterior. Una vez presenten las recuperaciones, se registrarán en el libro de actas de graduación y se podrán graduar privadamente en la Secretaría Académica de la Institución, y, en tal caso, el certificado se les expedirá sin ninguna área reprobada. Si los alumnos deciden asistir al acto protocolario, pero no recuperan las áreas, se les expedirá la correspondiente certificación, haciendo constar las áreas reprobadas. Cualquiera de las dos decisiones anteriores, deben tomarlas libremente los alumnos y los padres de familia, haciéndolo conocer por escrito al plantel educativo.

No obstante, es necesario precisar que en concepto emitido por el Ministerio de Educación Nacional el 7 de julio de 2003, los alumnos del grado 11, con áreas Insuficientes o deficientes y que soliciten la entrega del diploma y el acta de graduación, se les entregará, haciendo la claridad que en los certificados se especificarán las áreas reprobadas.


* Documento bajado de internet

RAFAEL FLOREZ.

Santiago de Cali, abril 03 del 2008.

LeYeS, oRdEnAnZaS y AcUeRdOs.








Ley: es una norma jurídica establecida por la autoridad competente, en Colombia por la rama legislativa, en la cual se manda o se prohíbe algo, con base en la justicia y para el bien de los gobernados. Su incumplimiento es sancionado. Las leyes son aquellas que controlan la conducta social humana.
Ordenanzas: una ordenanza es un tipo de norma jurídica, que se incluye dentro de los reglamentos, y que se caracteriza por estar subordinada a la ley. El término proviene de la palabra orden, por lo que se refiere a un mandato que ha sido emitido por quien posee la potestad para exigir su cumplimiento. Por ese motivo, el término ordenanza también significa mandato.
Acuerdo: un acuerdo implica que las partes lleguen a una decisión en común, mostrando su consentimiento, ya sea como individuos o a través de un órgano colegiado. Dicho consentimiento tiene efectos jurídicos.
Por lo general el acuerdo tan sólo afecta a los implicados y entonces se dice que tiene transcendencia jurídica tal que afecte en algo a los demás, si este es el caso se puede decir que es un acuerdo con efectos erga omnes.